¿CUÁLES SON LOS DEBERES DE UN SISTEMA DE ENSEÑANZA
por Uvencio Blanco, 2007
Cosa de pioneros
Desde mediados de los 70 y al igual que un grupo de destacados pedagogos del ajedrez, como uno de los pioneros Jorge Laplaza (Argentina), Jaime Sunye Neto (Brasil), Robert Ferguson (Estados Unidos), Ramón Huerta Soris (Cuba) y Adriana Salazar (Colombia), hemos centrado nuestro interés en promover el ajedrez a las escuelas, liceos, politécnicos y universidades porque deseamos democratizarlo, expandirlo entre los distintos estratos de nuestras sociedades, en particular los sectores populares; en una palabra, universalizarlo.
Queremos que el ajedrez este al servicio de la educación para que nuestros niños y niñas se beneficien de sus virtudes y se les faciliten los procesos relativos al aprender a pensar organizadamente, el desarrollo valores para la vida y su formación como mejores ciudadanos, capaces de aportar –con su participación protagónica- a la solución de los múltiples problemas comunitarios y globales.
Esta permanente actividad en pro de la difusión del ajedrez en las escuelas está íntimamente ligada a la naturaleza de esta disciplina y las múltiples aplicaciones que la misma puede tener en el ámbito de la educación y la formación de la personalidad.
Ajedrez cono juego intelectual
Como ya es sabido, el ajedrez es un juego de carácter intelectual. En él dos personalidades, dos inteligencias, dos formas de ver al mundo, se enfrentan en una lucha que tiene por objeto rendir al rey contrario.
En este enfrentamiento milenario -que ha tomado los más recónditos confines de la tierra- dos ejércitos coordinados por sus respectivos mandos, esgrimen sus mejores armas: las ideas, los conceptos y argumentos de tipo táctico y estratégico.
Para la incorporación del ajedrez a las escuelas existe –alrededor del mundo- una gran diversidad de programas con enfoques y metodologías diferentes. Países como Argentina, Alemania, Brasil, Canadá, Cuba, España, Estados Unidos, Portugal, Puerto Rico, Rusia y Venezuela, han iniciado parcial o totalmente sus experiencias con base en resultados experimentales confiables. No es casualidad que a finales de los años 80 muchas de estas naciones, inclusive con gran tradición ajedrecística, crearan instrumentos legales tales como leyes y decretos que protegieran el inicio y desarrollo de estos proyectos.
Claros ejemplos de ello fueron Cuba y Venezuela (Decreto 143 de la Gobernación del Distrito Federal) en 1988 y, Argentina e Inglaterra en 1989.
Sin embargo, existe coincidencia en la mayoría de los proyectos y programas respecto a los objetivos y metas perseguidos. (1)
Deberes de un sistema de enseñanza del ajedrez
Con base en las investigaciones y programas revisados, consideramos que la enseñanza del ajedrez debe:
1º Desarrollar en el individuo su potencial intelectual a partir del estímulo sistemático de la esfera cognitiva.
2º Facilitar al individuo la adquisición de valores, conocimientos, habilidades y destrezas necesarias para su incorporación a la vida activa.
3º Desarrollar en el individuo una actitud favorable hacia el ajedrez que le permita apreciarlo como un elemento generador de cultura.
4º Permitir al individuo establecer vínculos o transferencias entre los valores y conocimientos ajedrecísticos y la vida cotidiana (individual y social).
5º Favorecer la transferencia, a nivel personal, de las características esenciales del ajedrez que contribuyan al armonioso desarrollo intelectual, moral y ético en la personalidad de cada individuo y propicien su autonomía cognitiva y su capacidad de razonamiento.
6º Favorecer el desarrollo del lenguaje ajedrecístico y la habilidad para la argumentación.
7º Priorizar la resolución de problemas, entendiendo por tales, aquellos enunciados y proposiciones que despiertan la curiosidad y el interés de los alumnos, para los cuales su sistema cognoscitivo no tiene aún, aparentemente, respuestas inmediatamente disponibles.
8º Estimular el aprendizaje orientado a la resolución de problemas o situaciones de incertidumbre a fin de brindar la oportunidad de analizar, evaluar y proponer alternativas de solución a situaciones problemáticas de la vida diaria.
9º Rescatar para su uso pedagógico, el aspecto lúdico de esta disciplina. Por ello, la iniciación del individuo en el estudio ajedrecístico debe estar balanceado en dos tendencias: la primera, la intuitiva del descubrimiento, de la observación y experimentación de los hechos y situaciones ajedrecísticas y la segunda: la tendencia formalista de iniciación a métodos de demostración formales. Un equilibrio justo entre ambas tendencias garantizará el que los alumnos obtengan una percepción más fiel del proceso de creación ajedrecística.
10º Contribuir a la elevación de la autoestima del individuo. A tal fin, deberán ser creados los escenarios didácticos adecuados para satisfacer la necesidad de expresión y aprobación social en los individuos.
(1) Tomado de Sistema Instrucción al de Ajedrez (Blanco, U. 1996). Publicaciones del Congreso de la Republica. Caracas, Venezuela
Como ya es sabido, el ajedrez es un juego de carácter intelectual. En él dos personalidades, dos inteligencias, dos formas de ver al mundo, se enfrentan en una lucha que tiene por objeto rendir al rey contrario.
En este enfrentamiento milenario -que ha tomado los más recónditos confines de la tierra- dos ejércitos coordinados por sus respectivos mandos, esgrimen sus mejores armas: las ideas, los conceptos y argumentos de tipo táctico y estratégico.
Para la incorporación del ajedrez a las escuelas existe –alrededor del mundo- una gran diversidad de programas con enfoques y metodologías diferentes. Países como Argentina, Alemania, Brasil, Canadá, Cuba, España, Estados Unidos, Portugal, Puerto Rico, Rusia y Venezuela, han iniciado parcial o totalmente sus experiencias con base en resultados experimentales confiables. No es casualidad que a finales de los años 80 muchas de estas naciones, inclusive con gran tradición ajedrecística, crearan instrumentos legales tales como leyes y decretos que protegieran el inicio y desarrollo de estos proyectos.
Claros ejemplos de ello fueron Cuba y Venezuela (Decreto 143 de la Gobernación del Distrito Federal) en 1988 y, Argentina e Inglaterra en 1989.
Sin embargo, existe coincidencia en la mayoría de los proyectos y programas respecto a los objetivos y metas perseguidos. (1)
Deberes de un sistema de enseñanza del ajedrez
Con base en las investigaciones y programas revisados, consideramos que la enseñanza del ajedrez debe:
1º Desarrollar en el individuo su potencial intelectual a partir del estímulo sistemático de la esfera cognitiva.
2º Facilitar al individuo la adquisición de valores, conocimientos, habilidades y destrezas necesarias para su incorporación a la vida activa.
3º Desarrollar en el individuo una actitud favorable hacia el ajedrez que le permita apreciarlo como un elemento generador de cultura.
4º Permitir al individuo establecer vínculos o transferencias entre los valores y conocimientos ajedrecísticos y la vida cotidiana (individual y social).
5º Favorecer la transferencia, a nivel personal, de las características esenciales del ajedrez que contribuyan al armonioso desarrollo intelectual, moral y ético en la personalidad de cada individuo y propicien su autonomía cognitiva y su capacidad de razonamiento.
6º Favorecer el desarrollo del lenguaje ajedrecístico y la habilidad para la argumentación.
7º Priorizar la resolución de problemas, entendiendo por tales, aquellos enunciados y proposiciones que despiertan la curiosidad y el interés de los alumnos, para los cuales su sistema cognoscitivo no tiene aún, aparentemente, respuestas inmediatamente disponibles.
8º Estimular el aprendizaje orientado a la resolución de problemas o situaciones de incertidumbre a fin de brindar la oportunidad de analizar, evaluar y proponer alternativas de solución a situaciones problemáticas de la vida diaria.
9º Rescatar para su uso pedagógico, el aspecto lúdico de esta disciplina. Por ello, la iniciación del individuo en el estudio ajedrecístico debe estar balanceado en dos tendencias: la primera, la intuitiva del descubrimiento, de la observación y experimentación de los hechos y situaciones ajedrecísticas y la segunda: la tendencia formalista de iniciación a métodos de demostración formales. Un equilibrio justo entre ambas tendencias garantizará el que los alumnos obtengan una percepción más fiel del proceso de creación ajedrecística.
10º Contribuir a la elevación de la autoestima del individuo. A tal fin, deberán ser creados los escenarios didácticos adecuados para satisfacer la necesidad de expresión y aprobación social en los individuos.
(1) Tomado de Sistema Instrucción al de Ajedrez (Blanco, U. 1996). Publicaciones del Congreso de la Republica. Caracas, Venezuela
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